Regeneración urbana: qué decide en realidad el informe de riesgo
El informe de evaluación de riesgo no es un trámite: fija el calendario y el coste de todo lo que viene después.
Con la Ley 6306 turca, incorporar un edificio al proceso de regeneración no empieza con el acuerdo de los propietarios, como suele creerse, sino con un informe de evaluación de riesgo redactado por una entidad autorizada. Ese informe acaba siendo el documento más difícil de modificar después.
El error más frecuente es tramitarlo con prisa y sobre una sola vivienda en lugar del edificio completo. Cuando el número de testigos extraídos se queda corto, o se reutiliza un estudio geotécnico antiguo, se abre la vía de alegaciones y se pierden seis meses.
Aprobado el informe, comienza la notificación formal a los propietarios, y lo decisivo es que se practique correctamente. Al propietario ilocalizable en su domicilio registrado hay que notificarle por edicto; si se omite, todo el acuerdo puede decaer en la fase de convenio.
Nuestra recomendación es no correr en la evaluación. Compruebe si la entidad ha trabajado con un parque edificado comparable y pida ver usted mismo el plan de extracción de testigos. Dos semanas aquí equivalen a seis meses más adelante.
